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Tortura durante la Edad Media

Historia

Una legislación

Existía una legislación sobre el uso de la tortura aunque a menudo no es respetada. Fue dispensado las mujeres embarazadas, los menores de menos de 14 años y habría debido al ser según Saint Louis toda persona honrada y de buena voluntad, incluso los pobres.

 

Habrá que esperar numerosos abusos antes de que ciertas confesiones obtenidas por la fuerza sean negadas y que los métodos sean codificados. El fin de la Edad media particularmente muestra una voluntad de controlar las derivas y ve la colocación de la cuestión preparatoria. Es una forma de tortura psicológica para evitar pasar a la tortura física que consiste en asustar al condenado presentándole los diferentes instrumentos y las técnicas a las que va a sufrir si no confiesa, luego a atarlo desnudo y dejarlo único frente a su miedo. Esto permitió generalmente evitar pasar a la tortura física o a la cuestión definitiva. Aplicábamos particularmente este método para los niños o los viejos.

El procedimiento inquisitorio

El procedimiento inquisitorio

A partir del siglo XII la Iglesia va a considerar que la lucha contra la criminalidad religiosa es en adelante su prioridad. Instituye para esto el tribunal inquisitorio encargado de reunir las pruebas esencialmente por la confesión. En efecto a la Edad media es la autoridad que rige todo. Al siendo la autoridad suprema la de las Escrituras, la Iglesia idealmente está colocada para abastecer una interpretación de los Evangelios que es autoridad pues. La Iglesia veía en los Evangelios  referencias claras de confesión, es así que el procedimiento inquisitorio se desarrolló .Car según el derecho medieval la confesión hace la cosa notoria y manifiesta, se hace la prueba indiscutible de la culpabilidad del acusado. La Iglesia precisa que la confesión debe ser espontánea y no extorsionada o proferida bajo la cólera. Pero la justicia laica concederá la misma importancia de todas las formas de confesión. Es por eso que la práctica de la tortura (violencia física para arrancar la verdad) con todos sus excesos se organiza y se generaliza. Sin embargo la confesión sólo no podía llevarse la condena. Debía ser acompañado por indicios anexos y de presunciones. Pero se lo llevaba sin embargo sobre cualquier otra prueba. Es por eso que un juez no podía condenarle a muerto a un sospechoso que hasta no habría confesado bajo la tortura.

El procedimiento acusatorio

El procedimiento acusatorio practicado durante la alta Edad media consistía en colocar a dos adversarios cara a cara como en un duelo, el acusado delante de defenderse frente a su acusador en un debate oral y público estatuido por un juez. La prueba es esencialmente hecha por el juramento purgatorio " por el cual el acusado jura que es inocente». Pero así como la prueba por el juramento purgatorio puede aplicarse sólo a los hombres libres, los cursos feudales a menudo utilizaban además de los duelos judiciales, el juicio de Dios. El principio del juicio de dios por ejemplo consiste en someter al acusado a una prueba física, que, si sale de eso indemne probará su buena fe. Dios lo habrá declarado inocente. Se trataba la mayoría de las veces de tener un hierro rojo en su mano durante un momento largo o de sumergir el brazo en agua hirviente. Los inocentes eran pues raros.

 

Un poco de Historia...

Un poco de Historia...

Durante la alta Edad media los procedimientos arcaicos del derecho feudal castigaron a los crímenes de manera poco eficaz.

La tortura fue practicada durante toda la Edad media pero fue sobre todo en la Edad media baja, a partir del siglo XIII, que se lo utilizó con el fin de controlar los vicios y los defectos de la sociedad.

Oficialmente la tortura es justificada por la busquedad de prueba criminal, oficiosamente los métodos son a menudo excesivos e injustificados.